Reclamación de la pensión alimenticia
Pensión alimenticia: cuestiones sobre el impago
Es muy habitual que al despacho lleguen consultas sobre la reclamación con carácter retroactivo de la pensión alimenticia establecida por sentencia.
Las principales dudas planteadas por nuestros clientes son referentes al plazo para reclamar las pensiones adeudadas y las consecuencias de la situación de desempleo del progenitor obligado al pago de la manutención.
En Cataluña, el plazo para solicitar las manutenciones impagadas, es de tres años, es decir, no se pueden reclamar mediante demanda ejecutiva las pensiones anteriores a tres años (art. 121-21 CCat).
Sin embargo, para el resto del territorio nacional, donde es de aplicación el Código Civil, el plazo de prescripción es más amplio, es de cinco años y no de tres como en Cataluña (art. 1966 Código Civil).
Insolvencia del ejecutado
Para el supuesto que el obligado al pago se encontrase en situación de desempleo, ello no impide seguir con el procedimiento ejecutivo. Es muy habitual que el ejecutado tenga reconocida una prestación o el subsidio por desempleo u otra ayuda económica, prestaciones susceptibles de embargo.
Por ello, dentro del procedimiento ejecutivo se realizan averiguaciones patrimoniales con el fin de conocer exactamente los bienes del ejecutado susceptibles de embargo. A través de la averiguación patrimonial podemos conocer el saldo de las cuentas bancarias, vehículos, inmuebles, acciones, etc).
Si el ejecutado se encuentra en situación de insolvencia, no será posible recuperar las cantidades reclamadas mientras su situación no mejore. En este caso se podría acudir a los fondos estatales de garantía de alimentos que abonan hasta un máximo de 100 euros mensuales.
Sin embargo, la situación de insolvencia del obligado al pago, no impide que las pensiones alimenticias que se vayan devengando se puedan seguir reclamando, generando intereses y costas, hasta el momento que el progenitor venga a mejor fortuna.
Recordamos también, que el progenitor que no abona la pensión alimenticia porque no quiere, incurre en un delito de abandono de familia, con los graves prejuicios que ello supone.
Abogados de Familia
Despacho de Abogados en Tarragona
Llámanos somos abogados especialistas en asuntos de familia
¡ Contamos con más de 11 años de experiencia!
Si tienes una duda sobre la pensión alimenticia contacta con ABOGADOS PANAIT.